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Normativa

Reforma Laboral y Repartidores en Moto: ARL, Seguridad Social y EPP (Ley 2466)

Quien paga que, las obligaciones de prevención de las plataformas, desde cuando aplican y que conviene hacer ya en una empresa de domicilios.

Actualizado 2026-10-06 Lectura 4 min Extensión 768 palabras Editorial Sequoia Speed
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Repartidor en moto con maleta de entregas

Resumen ejecutivo

La plataforma paga el 100% de la ARL del repartidor y, si es independiente, el 60% de salud y pensión sobre el 40% de sus ingresos.
Además debe entregarle elementos de protección personal, capacitarlo en prevención e incluirlo en el SG-SST.
Los aportes solo serán exigibles doce meses después de que el Ministerio de Salud certifique que la PILA está lista.

La reforma laboral, Ley 2466 de 2025, creó por primera vez reglas para quienes reparten a través de plataformas digitales. El Decreto 0991 del 4 de agosto de 2026 reglamento la parte de seguridad social. Esta guía resume quien paga que, las obligaciones de prevención que más pesan para las empresas de domicilios, desde cuando aplican y que conviene hacer ya.

Dos formas de vincular al repartidor

La ley reconoce dos modalidades para el trabajador digital de reparto: dependiente y subordinado, con contrato de trabajo, o independiente y autónomo. La plataforma debe informarle en lenguaje claro cual modalidad le aplica, como se le paga, como cotiza a seguridad social y con que criterios se le asignan pedidos o se le desactiva la cuenta.

Quién paga la seguridad social

ConceptoRepartidor dependienteRepartidor independiente
Salud y pensiónComo cualquier trabajador con contrato60% la plataforma y 40% el repartidor
Riesgos laborales (ARL)100% el empleador100% la plataforma
Base de cotizaciónEl salarioEl 40% de los ingresos recibidos en esa plataforma

El Decreto 0991 de 2026 precisa la base: se cotiza sobre el 40% de los ingresos que el repartidor recibió en cada plataforma durante el mes. Si ese 40% queda por debajo del salario mínimo, pero el repartidor gano al menos un salario mínimo, los aportes se liquidan sobre el salario mínimo.

Prevención y EPP: lo que más pesa para las empresas

Además de pagar, la plataforma asume obligaciones de prevención frente a cada repartidor:

  • Afiliarlo a riesgos laborales y reportar sus accidentes de trabajo.
  • Suministrarle elementos de protección personal.
  • Capacitarlo en prevención de riesgos.
  • Incluirlo en su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

La ley no trae una lista cerrada de EPP. Para un repartidor en moto, la base sale de normas que ya existían y de la matriz de peligros:

  • Casco de seguridad, obligatorio por el Código Nacional de Tránsito.
  • Prenda reflectiva visible de 6:00 p.m. a 6:00 a.m. y con baja visibilidad. Vea cuando es obligatorio el chaleco reflectivo.
  • Chaqueta o traje con protecciones en hombros, codos y espalda, y pantalón con protecciones en las rodillas.
  • Guantes con protección en los nudillos y calzado que cubra el tobillo.
  • Impermeable con reflectivos para la lluvia.

La guía de EPP para domiciliarios en moto detalla cada elemento, y la de kit de dotación por cargo ayuda a armar el pedido.

Registro, informes y transparencia

Las plataformas deben inscribirse ante el Ministerio del Trabajo y reportarle cada trimestre cuantos repartidores tienen en cada modalidad. La ley también exige explicar los sistemas automatizados que asignan pedidos, fijan ingresos o suspenden cuentas, y reconoce el derecho del repartidor a pedir que una persona revise una decisión automática que lo perjudique.

Desde cuándo aplica

La Ley 2466 se público el 25 de junio de 2025, pero sus reglas de seguridad social para repartidores necesitaban reglamentación. La expidió el Decreto 0991 de 2026, firmado el 4 de agosto por los ministerios de Salud y del Trabajo. Algunos medios lo citan como Decreto 099.

Los aportes, la retención y los reportes solo serán exigibles doce meses después de que el Ministerio de Salud certifique que la PILA y los demás sistemas de información están listos, como prevé el artículo 67 de la ley. Mientras tanto, las plataformas deben preparar sus sistemas.

El decreto está en discusión. Alianza In, el gremio que agrupa a las plataformas, pidió al nuevo gobierno derogarlo. Sostiene que encarece los aportes, entre otras razones porque los riesgos laborales se cotizan sobre un salario mínimo completo, y que para los repartidores de menores ingresos la seguridad social podría subir más de 200%. Estima que la norma toca a unos 625.000 repartidores activos. Esta guía se actualizará cuando haya cambios.

Qué conviene hacer desde ya

  1. Defina la modalidad de cada repartidor y comuníquela por escrito.
  2. Actualice la matriz de peligros con el riesgo vial del reparto en moto.
  3. Defina el kit de EPP y su plan de reposición, y registre cada entrega en un formato de entrega.
  4. Programe la capacitación en prevención y la inspección preoperacional de la moto.
  5. Presupueste el EPP por repartidor activo. La guía de presupuesto de dotación explica cómo calcularlo.

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Preguntas frecuentes

Quién paga la ARL de un repartidor de plataforma?

La plataforma paga el 100% de la cotización a riesgos laborales, tanto si el repartidor es dependiente como si es independiente.

Cuánto aporta a salud y pensión un repartidor independiente?

El 40% del aporte; la plataforma paga el 60%. La base es el 40% de los ingresos que el repartidor recibió en esa plataforma durante el mes.

La plataforma debe entregar EPP al repartidor?

Sí. La Ley 2466 de 2025 y el Decreto 0991 de 2026 obligan a la plataforma a suministrar elementos de protección personal, capacitar al repartidor e incluirlo en el SG-SST.

Desde cuándo se deben pagar los aportes?

Doce meses después de que el Ministerio de Salud certifique que la PILA y los sistemas de información están listos, según el artículo 67 de la Ley 2466 de 2025.

Es el Decreto 099 o el 0991 de 2026?

Es el Decreto 0991 del 4 de agosto de 2026. Algunos medios lo citan como Decreto 099.

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